EmpréstitosEs el nombre que particularmente se da a los préstamos recibidos por los Gobiernos. Las principales clasificaciones que se hacen de los empréstitos son: por la época del reembolso, en temporales y perpetuos; por la cantidad que el Gobierno percibe de aquélla que representan los títulos que entrega, en empréstitos a capital real y a capital nominal, y por la manera de contratarlos, según que se emplea la emisión, la suscripción o la adjudicación
Se dice empréstito a capital real, aquél en que el Estado recibe íntegra la suma que se expresa en los títulos, o sea cuando éstos se emiten a la par; y a capital nominal, el en que confiesa recibir una cantidad mayor de la que percibe realmente. La invención del capital nominal es un artificio que no tuvo más objeto que ocultar al país el verdadero estado de su crédito, y fingir que a su nombre se recibía el dinero barato, aunque costase muy caro. Para ello, se ha adoptado siempre un tipo muy bajo de interés, menor del 5 por 100 generalmente, en épocas en que era mucho más alto el precio del capital, y como los capitalistas no podían prestar a ese tipo, daban por él solo 50 unidades en vez de 100. Resultado, que el 5 viene a ser interés de 50, que el verdadero precio es 10 por 100, y que habiendo de entregarse 100 en títulos por cada 50 efectivos, la operación sale a 10 por 100 de interés y 50 por 100 de capital, puesto que se reconoce doble del recibido. Conocido ya ese juego, los empréstitos han continuado, sin embargo, haciéndose de manera tan ruinosa para conservar un mismo interés a toda la Deuda. Esta unidad tiene sin duda grandes ventajas; pero no puede justificar el absurdo del capital nominal, porque, con ese sistema, perjudica a las naciones la subida de su crédito, que convierte en efectivas y obliga a satisfacer sumas puramente nominales en su origen. Los empréstitos se contratan por emisión, llevando al mercado los títulos de la Deuda y colocándolos al precio que éste fija; por suscripción, señalando el Gobierno la cantidad que necesita y los tipos a que recibirá el dinero que los particulares le entreguen; y por adjudicación, que puede ser directa, y entonces el Gobierno arregla las condiciones del préstamo con una casa de banca o compañía, y en subasta, cuando el empréstito se cede al que hace mejores proposiciones. |
Vocabulario de la Economía – Nomenclatura y principales conceptos de economía (editado: 5-11-2007) EMPRÉSTITOS |